03/09/08 - Reunión 21º - 11º Sesión Ordinaria de Tablas

 0
Comentarios | Guardado en Diario de Gestión | 04.09.08

VOTACIÓN NOMINAL

Pedido de Preferencia de tratamiento sobre tablas del Expediente 4744-D-08, solicitado por el Diputado MORAN. Expediente 4744-D-08. De Resolución. Pedido de Informes al Poder Ejecutivo sobre diversas cuestiones relacionadas con la implementación de trenes de alta velocidad - TAVE - en varios tramos.
Resultado de la votación: NEGATIVA
Belous: AFIRMATIVO

Pedido de Preferencia de tratamiento sobre tablas del Expediente 4750-D-08, solicitado por el Diputado SÁNCHEZ. Expediente 4750-D-08. De Resolución. Pedido de Informes verbales al Señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Aníbal Fernández, sobre la política nacional de lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado.
Resultado de la votación: NEGATIVA
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 19-PE-08. Proyecto de Ley por el cual se establece la Movilidad de las Prestaciones Previsionales del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Votación en General.
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: NEGATIVO

Expediente 19-PE-08 - Artículo 6 - Dictamen de Mayoría. Proyecto de Ley por el cual se establece la Movilidad de las Prestaciones Previsionales del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: NEGATIVO

Expediente 19-PE-08 - Artículo 15 - Dictamen de Mayoría. Proyecto de Ley por el cual se establece la Movilidad de las Prestaciones Previsionales del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: NEGATIVO

27 de agosto de 2008

 0
Comentarios | Guardado en Proyectos | 01.09.08

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos que correspondan, se sirva informar sobre los puntos que a continuación se detallan, relacionados a la implementación del mecanismo de Portabilidad Numérica establecido en el “Reglamento Nacional de Interconexión”, Anexo II del Decreto 764/00; la difundida reglamentación de la Ley 25.891 relativa a la comercialización de celulares y la creación de Registro Público Nacional de Usuarios y Clientes de Servicios de Comunicaciones Móviles, y cuestiones conexas:

1. Cuáles han sido las medidas implementadas para la puesta en marcha del mecanismo de Portabilidad Numérica, establecido en el “Reglamento Nacional de Interconexión”, anexo II del Decreto 764/2000.

2. Considerando que debió haberse realizado el análisis de los plazos y condiciones económicas para iniciar la modalidad de Portabilidad de Números, de manera conjunta entre la Secretaría de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, de acuerdo al inciso d. del artículo 3.2 del citado reglamento, sírvase informar el estado y/o resultado de dicho análisis.

3. En caso de no haberse realizado dicho análisis, ni implementado otras medidas tendientes a poner en marcha este mecanismo reglamentario, sírvase informar cuáles han sido las causas de tal incumplimiento.

4. Informe de qué manera la reglamentación de la Ley 25.891 en lo relativo a la comercialización de celulares y la creación del Registro Público Nacional de Usuarios y Clientes de Servicios de Comunicaciones Móviles, que se encuentra a la firma del Poder Ejecutivo, ha contemplado este mecanismo de Portabilidad de los Números, o ha previsto los recaudos necesarios para su implementación.

5. Informe qué mecanismos prevé la reglamentación de la Ley 25.891 para garantizar la prohibición de la utilización con fines comerciales por parte de las empresas de telefonía, de los datos recabados para la confección de los Registros establecidos en la misma.

FUNDAMENTOS
Señor presidente:

La Portabilidad Numérica estaba prevista para ser implementada en nuestra legislación desde la sanción del Decreto Nº 764 del año 2000, dentro del régimen de liberalización del mercado de las telecomunicaciones. En dicha norma, este mecanismo ha sido definido como “la capacidad que permite a los clientes mantener sus números cuando cambien de Prestador y/o de servicio y/o de ubicación geográfica en la que reciben el servicio, de acuerdo a las disposiciones del Plan Fundamental de Numeración Nacional.”

Es un derecho de los usuarios disponer de una identificación numérica, independientemente de la ubicación geográfica o de la empresa prestadora del servicio.

El artículo 30 del Capítulo VI del Reglamento Nacional de Interconexión, establece que la Secretaría de Comunicaciones, en conjunto con la Secretaría de Defensa de la Competencia, debía determinar los plazos y condiciones en que los Prestadores proporcionarían la Portabilidad de números entre ellos, entre servicios y entre áreas geográficas, conforme los siguientes supuestos:

a) Cambio de Prestador de red telefónica fija, cuando no haya modificación de servicio ni de ubicación física del cliente.

b) Cambio de Prestador de red telefónica móvil, aunque cambie la modalidad del servicio prestado.

c) Cambio de Prestador para los servicios de red inteligente, incluyendo los servicios de numeración personal, cuando no haya modificación de servicio.

Deberían establecer también “otros supuestos, así como otras cuestiones relacionadas con la conservación de los números por los clientes.”

La portabilidad, como herramienta para mercados competitivos, se desprende de los lineamientos del IV Protocolo Anexo de Telecomunicaciones del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios con la Organización Mundial del Comercio, ratificado en nuestro país por Ley Nº 25.000, que establece el compromiso de abrir a la competencia los servicios de telecomunicaciones (exceptuando satélites) a partir del año 2000.

En el mundo, este mecanismo ya cuenta con arraigo y experiencias fructíferas: en Estados Unidos fue establecido en la Telecomunications Act de 1996 y funciona desde 1997; El Parlamento Europeo lo estableció en 1998 y en la mayoría de los países se implementó gradualmente entre 1999 y 2003.

En nuestra región, este mecanismo está siendo actualmente implementado por los países que ya llevaron a cabo los análisis económicos y técnicos o están en pleno proceso y comenzando su ejecución: en México desde el pasado 5 de Julio, en Ecuador a partir del primer trimestre del año próximo, en Brasil y la República Dominicana en 2009 y Perú en 2010. Otros países como Chile, Colombia y Panamá están estudiando su aplicación y las medidas reglamentarias.

Estas experiencias, están dando cuenta de que el mecanismo promueve la competencia y desarrollo económico, con el consiguiente beneficio para el usuario.

Su falta de implementación, por el lado de las empresas de telecomunicaciones, se convierte en una barrera de entrada que favorece a las prestadoras dominantes e históricas, dado que este mecanismo está previsto como herramienta para favorecer la competencia, especialmente beneficiando a las prestadoras nuevas, o “entrantes”.

Por el lado del usuario, el número telefónico se termina convirtiendo en una herramienta de contacto y comunicación sumamente valiosa, que aumenta su valor a medida que pasa más tiempo, porque con él se establecen contactos personales, laborales, etc. que suelen perderse al tener que cambiar de número, por cambio de proveedor, o mudanza.

En suma, la falta de implementación de la portabilidad numérica termina generando usuarios que no pueden ejercer ni exigir, su derecho a conservar la identificación numérica, y se transforman en usuarios cautivos, pues la perspectiva de perder contactos termina desincentivando el cambio de empresa prestadora, aunque una nueva empresa les abarate el costo o les ofrezca mayores y mejores prestaciones.

El presente proyecto apunta a que se informe en qué estado se encuentra la reglamentación que en el año 2000 debió ser puesta en marcha, y si no ha sido así, cuáles fueron las razones para tal incumplimiento.

Esta es una deuda, entre otras, dentro del proceso de desregulación de las Telecomunicaciones, que adquiere especial relevancia a partir de los trascendidos periodísticos sobre la inminente reglamentación de la Ley 25.891, relativa a la comercialización de celulares y la creación del Registro Público Nacional de Usuarios y Clientes de Servicios de Comunicaciones Móviles.

El contexto de sanción de esta ley, en abril de 2004, está relacionado con la clara identificación de las herramientas de comunicación como parte elemental dentro de las estrategias para la comisión de delitos, tales como estafas o secuestros extorsivos. En ese momento, se vivió en nuestro país una escalada de la sensación de inseguridad, de la cual el sector político, tanto legislativo como ejecutivo se hicieron eco, acelerando el dictado de normas que aplacaran el conflicto de coyuntura.

De esas leyes, algunas tuvieron que ser corregidas, ya que, como consecuencia de la aceleración que marcó el contexto social y mediático sobre el proceso de su dictado, se incurrió en errores graves, tales como la sanción de la ley 25.886.

La ley 25.891 acompañó este paquete de leyes de endurecimiento de penas en lo que refiere a las telecomunicaciones, que hasta el momento no había sido reglamentada, y es justamente esta reglamentación la que en estos días se ha puesto a discusión.

El nuevo decreto debe reglamentar los ejes principales de la ley 25.891:

En primer lugar, la prohibición de la comercialización de los dispositivos para la telefonía móvil en la vía pública o en establecimientos no autorizados para ello. Estos dispositivos son esencialmente la terminal de usuario, identificada con su correspondiente IMEI (Identidad Internacional de Equipos Móviles- por sus siglas en ingles International Mobile Equipment Identity), más la tarjeta SIM, o “chip” que es la tarjeta de identificación removible de usuario, donde se almacenan los datos que identifican al cliente, y los servicios que este puede utilizar y la tarjeta pre-paga mediante la cual se recarga el crédito a la cuenta de usuario.

En segundo lugar, la ley prevé, la penalización de la adulteración de estos elementos para evitar o distorsionar su identificación: se penalizan conductas de manipulación de terminales y claves mediante mecanismos como la “clonación”, la “liberación”, el “desbloqueo”, cuando estos constituyen delito punible en la letra de la ley, o se los hace encuadrar en algún tipo penal.

También pretende reducir la reutilización de las terminales que provengan de hechos ilícitos, estimulando la denuncia de robo y/o hurto, impidiendo, mediante “listas negras”, la circulación de los mismos en los canales legales.

Y por último se prevé la creación del Registro Público Nacional de Usuarios y Clientes de Servicios de Comunicaciones Móviles.

Estas listas apuntarían a la inequívoca identificación de sus compradores y usuarios. Tan inequívoca, que una de las posibilidades consideradas para la reglamentación ha sido que este Registro incluya la identificación por medio de huellas digitales.

Si bien deberán estar encuadrados dentro del marco legal de protección de datos personales, cabe preguntarse si ambos registros - la “lista negra” o la información sobre aparatos robados o hurtados, y especialmente la “lista blanca” o el Registro Público- contemplan en su implementación la prohibición explicita para las empresas involucradas, de utilizar la información recabada sobre los comportamientos de usuarios y consumidores de telefonía celular para sus estrategias comerciales.

Pero además, los efectos prácticos de estos registros recaerán en definitiva, sobre un sector específico y mayoritario de la población, el 90% de los usuarios de telefonía móvil; sobre el total estimado entre 40 y 43 millones de aparatos vendidos y 34 millones de líneas activas que tienen sistema de tarjetas pre-pago y no abonos pos-pago. Ese 90% abarca a los sectores de menor capacidad adquisitiva, pues la telefonía celular pre-paga dinamizó el sector y vino a satisfacer una demanda de comunicaciones accesibles, ante el retraso y el desinterés de las telefónicas por llegar mediante telefonía fija a todo el país en igualdad de condiciones.

Como resultado de ese desarrollo en los últimos años, las empresas del sector han declarado que este mercado está, si no cercano a la saturación, por lo menos desacelerado en su crecimiento, con lo cual, la “batalla” comercial pasa por competir entre ellos por clientes de otras empresas: “Hay mucha migración entre una empresa y otra, todos intentamos quitarle clientes a la competencia”, según han expresado los mismos empresarios. Eso redunda en ventajas para los consumidores, que se benefician de las ofertas que las compañías les hacen para lograr captarlos para su marca. “Con estas normas tan estrictas de registros, los usuarios no se verán tentados de cambiar de empresa. Y nosotros no tendremos que ofrecerles ventajas adicionales para ganarlos”. (1)

¿No sería entonces la portabilidad numérica una manera de ordenar la migración? ¿No favorecería esa competencia? ¿No estaría el usuario más tentado a registrar su nombre con su línea telefónica en tanto le sea brindado como un derecho y un beneficio y no como una actividad preventiva ante una sospecha de conducta pre-delictual?

Si el objetivo de la ley es, efectivamente, la estabilización e identificación de líneas y componentes, entendemos que la reglamentación no puede soslayar las previsiones para la portabilidad numérica. Nos preguntamos si la misma no reduciría sustancialmente la descartabilidad y el recambio de líneas y cuentas, y en este sentido, si esto no colaboraría en el objetivo de identificar clientes y disminuir el mercado negro.

Por otra parte, si no hay hasta el momento operativos ni políticas que actúen sobre el mercado negro de la telefonía celular, que es tangible y visible en la vía pública, nos preguntamos si los registros a crearse van a ser, en sí mismos, la solución al problema, sin estar acompañados de esas otras herramientas.

La reglamentación rígida, como dirían los empresarios, termina siendo sólo un desincentivo para el usuario “legítimo”, pues es difícil concebir a un delincuente registrando su línea y su huella.

Leemos en esto, que las políticas de seguridad en materia de comunicaciones están creando un plexo normativo de penalización, sanción, sospecha, registro, etc. pero no de implementación de derechos de usuarios. Estos, tales como la portabilidad numérica, han sido sistemáticamente soslayados u olvidados en materia de reglamentación.

Nos preocupa que se esté produciendo una criminalización de las comunicaciones.

Si la identificación de los usuarios con sus líneas, tal como se desprende de la ley y de la difundida reglamentación, es considerada una medida de seguridad, debería comenzarse por la implementación de la Portabilidad Numérica, que había estado prevista en la reglamentación cuatro años antes de la sanción de la ley 25.891, si bien una no es excluyente respecto de la otra, deberían ser complementarias y estar orientadas al efectivo resguardo de los “usuarios legítimos”, al desarrollo de un mercado de telecomunicaciones competitivo y respetuoso del derecho de los consumidores, tal como es el mandato del artículo 42 de la Constitución Nacional, y no solamente al fomento de la identificación de las comunicaciones como herramientas delictivas.

Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.

(1) http://www.clarin.com/diario/2008/08/08/elpais/p-01732732.htm

15 de agosto de 2008

 0
Comentarios | Guardado en Proyectos |

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, informe acerca de los motivos y justificaciones que atribuye a la medida tomada en la Decisión Administrativa Nº 11/2008 publicada en el Boletín Oficial el día 14 de agosto de 2008, la cual reasigna fondos que fueran destinados a programas de vivienda en concepto de financiamiento del déficit financiero de Aerolíneas Argentinas y al subsidio de diversas empresas de transporte.

Así mismo, se solicita:

- Detalle de las obras relativas a los programas de soluciones habitacionales que no se llevarán a cabo debido a las disposiciones establecidas bajo dicha Decisión Administrativa.

- Medidas que desarrollará para la recuperación de las partidas que fueran reasignadas y que son de necesidad absoluta para la población de nuestro país.

FUNDAMENTOS
Señor presidente:

El Poder Ejecutivo Nacional, por medio de la Decisión Administrativa Nº 11/2008, ha dispuesto la reasignación de partidas presupuestarias para afrontar el financiamiento del déficit financiero de Aerolíneas, como así también para subsidiar empresas ferroviarias, de colectivos y al mercado mayorista eléctrico. Dichas partidas originalmente estaban destinadas a programas de vivienda, urbanización de villas y ENARSA.

La reasignación alcanza un total de 475,2 millones de pesos, de los cuales 295,2 millones se destinaron para afrontar el déficit financiero operativo de la empresa Aerolíneas Argentinas y Austral, correspondiente a los meses de agosto y septiembre. Por otro lado, ha destinado 20 millones de pesos para la financiación del sistema del transporte automotor de pasajeros; 20 millones para el transporte ferroviario, de los cuales: 10 millones se destinarán para Trenes de Buenos Aires (TBA) y 10 millones a Ferrovías; unos 140 millones serán destinados a pagar la deuda con la Compañía Administrativa del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).

Esta medida confirma la reasignación interna de 201 millones de pesos del presupuesto del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con el fin de posibilitar la transferencia de fondos a las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral, que en el mes de julio del corriente año afrontaron salarios y otros gastos urgentes para garantizar la continuidad de los servicios aerocomerciales de ARSA y Austral.

Del total de los 475,2 millones de pesos, 157,2 millones estaban asignados originalmente al programa “Techo digno” de desarrollo de infraestructura habitacional, 50 millones al mejoramiento de hábitat e infraestructura básica, y 30 millones a la urbanización de villas y asentamientos precarios.

La intención de crear una aerolínea de bandera propia es un proyecto válido, lo que no implica que acordemos que el Estado asuma la deuda que la empresa privada contrajo.

Consideramos más grave aún que estas medidas arbitrarias tomadas por el PEN, amparado en sus atribuciones legales, repercutan negativamente sobre la crítica situación habitacional que padece una gran parte de la población argentina. Solventar la deuda contraída por el mal manejo administrativo o empresarial de una empresa privada a costa del recorte del presupuesto asignado para garantizar un derecho esencial como lo es la vivienda, es una situación que de ningún modo podemos acompañar y/o apoyar.

Creemos necesario que el PEN dé una respuesta ante esta medida que afectará, sin dudas, a una gran parte de la población, especificando los programas que no se llevarán a cabo en el marco del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, como así también, que informe sobre los mecanismos que articulará para la recuperación de tales partidas.

Por todo lo expuesto, solicito a los Señores Legisladores acompañen el presente proyecto.

BELOUS PIDE INFORMES SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PORTABILIDAD NÚMERICA

 0
Comentarios | Guardado en Prensa | 28.08.08

La diputada del Bloque SI-ARI TDF, Nélida Belous, presentó un proyecto de resolución para que el Ejecutivo Nacional brinde información acerca de la implementación del anexo II del decreto 764 del año 2000, que establece que los usuarios puedan mantener sus números telefónicos cuando cambien de prestador o ubicación geográfica.

Belous comentó que: “el número de teléfono es una herramienta de contacto y comunicación muy importante, que aumenta su valor a medida que pasa el tiempo, porque con él se establecen contactos personales y laborales, que lamentablemente suelen perderse al tener que cambiar de número”.

A continuación, la parlamentaria agregó que: “la falta de implementación de este decreto termina generando usuarios que no pueden ejercer ni exigir, su derecho a conservar el número telefónico, y se transforman en usuarios cautivos, pues la perspectiva de perder contactos termina desincentivando el cambio de empresa, aunque otra compañía les abarate el costo o les ofrezca mayores y mejores prestaciones”.

Además, la arista pide precisiones en relación a la reglamentación de la ley 25.891 que establece, entre otras cosas, la prohibición de la venta de dispositivos para la telefonía móvil en la vía pública, la penalización de la adulteración de estos elementos, reducir la reutilización de los equipos que provengan de hechos ilícitos y la creación del Registro Público Nacional de Usuarios y Clientes de Servicios de Comunicaciones Móviles.

“Si el objetivo de la ley es la estabilización e identificación de usuarios, líneas y componentes, entendemos que la reglamentación no puede obviar las previsiones para la portabilidad numérica. Además, creo que podría reducir considerablemente la descartabilidad y el recambio de líneas y cuentas, y así ser funcional al objetivo de identificar clientes y disminuir el mercado negro”, opinó la diputada.

Para concluir, Belous consideró que: “ambas normativas deberían ser complementarias y estar orientadas al efectivo resguardo de los usuarios, al desarrollo de un mercado de telecomunicaciones competitivo y respetuoso del derecho de los consumidores y no solamente al fomento de la identificación de las comunicaciones como herramientas delictivas”.

27/08/08 - Reunión 20º - 10º Sesión Ordinaria de Tablas

 0
Comentarios | Guardado en Diario de Gestión |

VOTACIÓN NOMINAL

Expediente 2841-D-08 - Orden del Día 585. De Ley. Decreto Ley 1.285/58, sobre Organización de la Justicia Nacional. Modificación. Votación en General y Particular
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 55-S-08. De Ley en Revisión. Declárase zona de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía, por el plazo de ciento ochenta días prorrogables, a diversos departamentos de la provincia de Santa Fé. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 2675-D-08. De Ley. Diversas localidades de la Provincia del Chubut. Se las declara zona de desastre ambiental y emergencia agropecuaria y comercial por el término de ciento ochenta días. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 1302-D-06. De Ley. Transferencia a título gratuito de un inmueble propiedad del Estado Nacional al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Aceptación de las modificaciones introducidas por el H. Senado. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 4326-D-08. De Ley. Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba - Ley 25.970 -. Derógase el Artículo 7 de la misma, sobre la remisión de causas pendientes. Votación en General y Particular
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 321-D-08 - Orden del Día 109. Ley 20.744, (t.o. 1976) de Contrato de Trabajo. Modificación sobre Irrenunciabilidad. Votación en General y Particular
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 2595-D-08 (y otros). De Ley. Regulación de las Entidades de Medicina Prepaga (EMP). Régimen. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 3782-D-07 - Orden del Día 605. De Ley. Ley 24.901, Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, sobre Obras Sociales. Modificación. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 79-D-08 - Orden del Día 626. De Ley. Ley 23.660, de Obras Sociales, en relación a los Beneficiarios. Modificación. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

“QUIENES SIEMPRE TUVIERON BENEFICIOS DEBEN APORTAR SU GRANO DE ARENA”.

 0
Comentarios | Guardado en Prensa | 26.08.08

La diputada del Bloque SI-ARI TDF, Nélida Belous, coincidió con las declaraciones realizadas ayer por la gobernadora, Fabiana Ríos, en relación a la negativa de los legisladores de prorrogar la Tarifaría Corta y las críticas a quienes proponen la disolución de la Ley 19.640.
“Es importante que de una vez por todas aquellos que siempre tuvieron privilegios entiendan que deben aportar su grano de arena, si realmente quieren que Tierra del Fuego deje de ser la Isla de la Fantasía”, comentó la parlamentaria.

Belous agregó que: “la única manera de avanzar hacía un mejor futuro para todos los fueguinos es que cada sector tome real dimensión de la situación provincial y nacional. Los intereses sectoriales pueden tener rédito a corto plazo pero sino se planifica en función de la sociedad en su conjunto a mediano y largo plazo perdemos todos”.

En relación a la Ley 19640, la diputada expresó que: “es necesario que las industrias que elijen hoy a Tierra del Fuego por los beneficios que les concede la ley de promoción industrial se queden en la Provincia”.

21/08/08 - Reunión 19º - 09º Sesión Ordinaria Especial

 0
Comentarios | Guardado en Diario de Gestión | 25.08.08

VOTACIÓN NOMINAL

Expediente 18-PE-08 - Orden del Día 591. Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. Rescate de las mismas por la compra de sus acciones societarias. Votación en General.
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

20/08/08 - Reunión 18º - 08º Sesión Ordinaria de Tablas

 0
Comentarios | Guardado en Diario de Gestión |

VOTACIÓN NOMINAL

Expediente 51-S-08. Proyecto de Ley en revisión por el cual se crea una comisión bicameral investigadora de presuntas irregularidades en las Declaraciones Juradas de venta al exterior -DJVE- de productos agropecuarios. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 98-S-07 - Orden del Día 457. De Ley. Inmueble propiedad del Estado Nacional en la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy. Restitución del mismo a la mencionada Provincia. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 2213-D-08 - Orden del Día 500. De Ley. Código Penal. Modificación de su Artículo 41 ter, sobre el delito de trata de personas. Votación en General
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Votación en General y Particular de los siguientes Proyectos de Ley: Exp. 322-D-08 - O. D. 110, Exp. 112-S-07 - O. D. 293, Exp. 114-S-07 - O. D. 311, Exp. 779-D-08 - O. D. 345, Exp. 110-S-07 - O. D. 360, Exp. 591-D-08 - O. D. 371 (con modificación), Exp. 1232-D-08 - O. D. 381, Exp. 2635-D-07 - O. D. 383, Exp. 1439-D-08 - O. D. 393, Exp. 2453-D-08 - O. D. 410, Exp. 108-S-07 - O. D. 449, Exp. 116-S-07 - O. D. 450, Exp. 109-S-07 - O. D. 451, Exp. 127-S-07 - O. D. 452, Exp. 220-S-06 - O. D. 458, Exp. 1484-D-08 - O. D. 485, Exp. 41-S-07 - O. D. 577, Exp. 3887-D-07 - O. D. 590.
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

Expediente 44-S-08 - Orden del Día 560. Personal destinado a participar en la misión de estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH). Autorización. Votación en General y Particular
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: NEGATIVO

Expediente 117-S-07 - Orden del Día 469. Acuerdo preferencial de comercio entre Mercosur y la República de la India, suscripto en Nueva Delhi, República de la India, el 25 de Enero de 2004. Aprobación. Votación en General y Particular
Resultado de la votación: AFIRMATIVO
Belous: AFIRMATIVO

BELOUS REPUDIÓ QUE SE UTILICE EL PRESUPUESTO DE VIVIENDAS PARA PAGAR LA DEUDA DE AEROLÍNEAS.

 0
Comentarios | Guardado en Prensa |

La diputada del Bloque SI-ARI TDF, Nélida Belous, repudió la decisión del Jefe de Gabinete, Sergio Massa, de reasignar partidas presupuestarias que estaban destinadas a la construcción de viviendas para el pago de la deuda de Aerolíneas Argentinas.

Haciendo uso de los polémicos “súper poderes”, Massa consignó 295,2 millones de pesos, que originalmente estaban destinados a programas de viviendas, urbanización de villas y ENARSA, para afrontar el déficit financiero operativo de Aerolíneas Argentinas y Austral en agosto y septiembre.

“Con esta reasignación de partidas presupuestarias, que firmó el flamante Jefe de gabinete y fue publicado en el Boletín Oficial el día de ayer, una vez más, el Gobierno Nacional pone de manifiesto su desencuentro entre el decir y el hacer”, opinó Belous.

A continuación, la diputada expresó que: “es inconcebible que frente a la crisis habitacional que afecta a todo el país y en especial a las provincias, decidan reasignar fondos destinados a la construcción de viviendas para los que menos tienen y, con ese dinero hacer frente al déficit operativo de Aerolíneas Argentinas, entre otros, a la compañía Marsans que destrozó nuestra empresa de Bandera y hoy junto a algunos funcionarios hace lobby para convencer al pueblo que la única forma de recuperarla es que el Estado se haga cargo de la deuda, que al día de hoy no se cuenta con información oficial para conocer, a ciencia cierta, a cuanto asciende”.

15 de agosto de 2008

 0
Comentarios | Guardado en Varios |

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, informe acerca de los motivos y justificaciones que atribuye a la medida tomada en la Decisión Administrativa Nº 11/2008 publicada en el Boletín Oficial el día 14 de agosto de 2008, la cual reasigna fondos que fueran destinados a programas de vivienda en concepto de financiamiento del déficit financiero de Aerolíneas Argentinas y al subsidio de diversas empresas de transporte.

Así mismo, se solicita:

- Detalle de las obras relativas a los programas de soluciones habitacionales que no se llevarán a cabo debido a las disposiciones establecidas bajo dicha Decisión Administrativa.

- Medidas que desarrollará para la recuperación de las partidas que fueran reasignadas y que son de necesidad absoluta para la población de nuestro país.

FUNDAMENTOS
Señor presidente:

El Poder Ejecutivo Nacional, por medio de la Decisión Administrativa Nº 11/2008, ha dispuesto la reasignación de partidas presupuestarias para afrontar el financiamiento del déficit financiero de Aerolíneas, como así también para subsidiar empresas ferroviarias, de colectivos y al mercado mayorista eléctrico. Dichas partidas originalmente estaban destinadas a programas de vivienda, urbanización de villas y ENARSA.

La reasignación alcanza un total de 475,2 millones de pesos, de los cuales 295,2 millones se destinaron para afrontar el déficit financiero operativo de la empresa Aerolíneas Argentinas y Austral, correspondiente a los meses de agosto y septiembre. Por otro lado, ha destinado 20 millones de pesos para la financiación del sistema del transporte automotor de pasajeros; 20 millones para el transporte ferroviario, de los cuales: 10 millones se destinarán para Trenes de Buenos Aires (TBA) y 10 millones a Ferrovías; unos 140 millones serán destinados a pagar la deuda con la Compañía Administrativa del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).

Esta medida confirma la reasignación interna de 201 millones de pesos del presupuesto del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con el fin de posibilitar la transferencia de fondos a las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral, que en el mes de julio del corriente año afrontaron salarios y otros gastos urgentes para garantizar la continuidad de los servicios aerocomerciales de ARSA y Austral.

Del total de los 475,2 millones de pesos, 157,2 millones estaban asignados originalmente al programa “Techo digno” de desarrollo de infraestructura habitacional, 50 millones al mejoramiento de hábitat e infraestructura básica, y 30 millones a la urbanización de villas y asentamientos precarios.

La intención de crear una aerolínea de bandera propia es un proyecto válido, lo que no implica que acordemos que el Estado asuma la deuda que la empresa privada contrajo.

Consideramos más grave aún que estas medidas arbitrarias tomadas por el PEN, amparado en sus atribuciones legales, repercutan negativamente sobre la crítica situación habitacional que padece una gran parte de la población argentina. Solventar la deuda contraída por el mal manejo administrativo o empresarial de una empresa privada a costa del recorte del presupuesto asignado para garantizar un derecho esencial como lo es la vivienda, es una situación que de ningún modo podemos acompañar y/o apoyar.

Creemos necesario que el PEN dé una respuesta ante esta medida que afectará, sin dudas, a una gran parte de la población, especificando los programas que no se llevarán a cabo en el marco del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, como así también, que informe sobre los mecanismos que articulará para la recuperación de tales partidas.

Por todo lo expuesto, solicito a los Señores Legisladores acompañen el presente proyecto.